¿Conoces tus obligaciones fiscales?
- Harvar Consultores Empresariales
- 19 ago 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 22 oct 2020
Toda obligación requiere de elementos, sin los cuales no existe; esos elementos son el sujeto y el objeto.

Como en toda obligación, en la fiscal se dan un sujeto activo, o acreedor, y un sujeto pasivo o deudor, solamente que estos elementos tienen caracteres especiales en esta obligación. Sabido es que la obligación se contrae por voluntad o por disposición legal; sin embargo, en la materia fiscal, lo normal es que la obligación tenga su origen en la ley. Por las diversas normas fiscales se obliga quien realiza el hecho generador del impuesto a cubrir el importe de la contribución respectiva, y por ley nace el derecho del Estado de cobrarla; realmente en esta obligación poco opera la voluntad para que la misma se cause; así el acreedor lo es porque la ley lo marca, y el deudor igualmente.
No podría ser de otra manera el nacimiento de esta relación, pues seguramente que sería muy rara la circunstancia en que una persona o institución voluntariamente se convirtiese en deudora, sin lograr una contraprestación que sólo a su interés beneficiase. Por lo que a través del mandato constitucional en el numeral 31, fracción cuarta se fundamenta el deber del ciudadano mexicano a contribuir de los gastos de la nación.
En relación con lo indicado, habrá que decir que, en esta materia, para el acreedor es derecho cobrar las contribuciones, pero también obligación hacerlo.
El sujeto activo de esta relación no puede dejar de cobrar las contribuciones, pues ello le impediría subsistir, y el gobierno en cualquiera de sus niveles o no puede renunciar a su existencia, ya que la misma representa la vida social, que no le pertenece. Cuando los gobernantes reciben y aceptan el mandato del pueblo, se crea un compromiso de los mismos, de hacer efectivo el derecho; función que justifica la existencia del Estado-gobierno.
Es de vital importancia tener presente siempre las obligaciones fiscales, pues el incumplimiento de las mismas tendría como consecuencia el cobro de las multas que señala en diversos artículos el Código Fiscal de la Federación.
En el anterior orden de ideas, resulta indispensable conocer las fechas de vencimiento de obligaciones fiscales que de a cuerdo a las caracterizas y el perfil de cada contribuyente existen; por lo que a saber del lector se señalan a continuación algunas de las más importantes:
VENCIMIENTO DE OBLIGACIONES OCTUBRE 2020

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